martes, 11 de febrero de 2020

1793 - Sucedió en la iglesia de Verdicio

1793 - Sucedió en la iglesia de Verdicio (Gozón, Asturias)

Iglesia parroquial de San Cristóbal de Verdicio (Gozón, Asturias)
A continuación, transcribo un documento del que tuve conocimiento hace algunos años, durante la lectura de un artículo, que recomiendo leer, titulado “Vecinos, caseros, señores, amigos y parientes en la Asturias del Antiguo Régimen”, de Florentino López Iglesias (RIDEA nº 153, año LIII, pág. 109-157). El autor hace una breve referencia a un terrible suceso ocurrido el 29 de abril, del año 1793, y que resulta ser una importante prueba documental de la discriminación que sufrieron dentro de la iglesia de San Cristóbal de Verdicio los vaqueros[1] de alzada y que se prolongó hasta el siglo XX.

Ese día, varios vecinos se presentaron para impedir el entierro de la esposa de Pedro Álvarez-Argüelles. La gravedad de lo ocurrido allí obligó a la víctima a presentar días después una denuncia que se conserva en el Archivo Histórico de Asturias[2]:


"En la ciudad de Oviedo, a 15 días del mes de mayo de 1793, ante mí, escribano de número y testigos, presente D. Pedro Álvarez Argüelles, vecino de la parroquia de Berdicio, concejo de Gozón.Dijo, que la expresada feligresía está dividida en diferentes barrios y lugares, pero el del otorgante, sin otro motivo que el de acostumbrar sus vecinos llevar los ganados a pastar a los puertos de Somiedo de este Principado, tuvo la desgracia de incurrir en un sumo desprecio de los demás confeligreses, que los distinguen con el renombre de “vaqueros”, y otros apodos arbitrarios, que allí se conceptúan injuriosos, empeñándose en manifestar los efectos de esta preocupación en cuantos lances y ocasiones se han ofrecido por diversas maneras.Así fue que, al tiempo de reedificarse la Capilla Mayor de aquella iglesia, quisieron eximir al otorgante, y más vecinos de su aldea, del repartimiento que se debió hacer para su costo, suponiendo que no debían tener entrada en ella, ni poder sepultarse, sino en un sitio separado de la iglesia. Pero siguiéndose la instancia, se falló lo que correspondía y deber contribuir unos y otros como miembros de un mismo cuerpo, según lo hacen con los maravedís reales, fiestas sacramentales y más cargas públicas y concejiles.Sin embargo, no se desvaneció esta preocupación ridícula, odiosa e inveterada, porque habiendo muerto la mujer del otorgante y tratando enterrarla en el 29 del pasado, se dejó la elección de sepultura a discreción del párroco, que atendiendo a que mi parte es noble ejecutoriado y recibido como tal, que la difunta y su marido eligieron funeral mayor, dejando al mismo tiempo cierta fundación piadosa en la misma iglesia, consideró muy regular darla una sepultura decente, aunque no de las más superiores. Y en efecto, mandó cavarla junto al arco de la Capilla Mayor, donde quedaban otras muchas de mayor distinción para algunas otras personas, si se ofreciera.Pero esperándola arromper, se presentó inmediatamente D. José García, menor en días -de quien tiene bastante noticia el tribunal-, mandando que no cavasen allí. Y habiéndole dicho el cura -que se hallaba presente- lo había mandado él, por los justos motivos expresados, contestó, diciendo, no lo permitía de ningún modo o habría una ruina, de modo que en tres años no se celebrase en aquella iglesia.Y habiéndosele dicho que él no tenía allí, como no tiene, mas preeminencia que otro cualquier vecino, que además era hijo de familias y por lo mismo en ningún caso podía tener acción y voto en la materia, se presentó a su lado, entre algunos otros, Manuel Martínez, de la misma vecindad, con el propio empeño, jurando y blasfemando con un palo en la mano. Y como el otorgante les dijese que era noble y de igual calidad, respondió el Pumariño, que no se sabía de qué casta ni raza eran el otorgante y sus vecinos. El párroco, con su acostumbrada modestia y cualidad, propia en su carácter, le dijo, que se reportase, mirando que eran cristianos bautizados en la propia pila como él y recibía los mismos Santos Sacramentos, a que repuso el Pumariño que también estuviera en Francia y había visto muchos a este modo, que resultaban ser judíos. Y prosiguiendo con el Martínez en los mismos retos y demostraciones conminantes a ocasión, que ya el entierro se acercaba, añadieron que ya el cadáver no se enterraría allí y quedaría para escabeche, lo cual, entendido por los circunstantes y el otorgante -temerosos de una fatal reyerta- cedieron a la fuerza, mandando romper la sepultura un trozo más abajo de la que estaba señalado.Este acaecimiento, harto grave por las circunstancias de que se reviste, es de superior atención, considerando los antecedentes que hay en la materia y perjudicial trascendencia de preocupación semejante, hija de la barbarie de otros tiempos, pues influye directamente sobre las conveniencias de aquellos vecinos y mejor acomodo de sus hijos. Ya se ven que en adelante nadie querrá enlazarse con unas gentes vilipendiadas públicamente en materia de honor y religión, pues, aunque todo sea un error, mientras se califique con la odiosa exclusión de sepulturas, nunca se podrá disipar, produciendo perversas consecuencias. Si la justicia y la equidad política persuaden la igualdad entre los vasallos de un mismo príncipe, gobernados por una misma ley, cuánto más igual deberá ser el otorgante a los demás vecinos, teniendo como tiene ejecutoriada su nobleza y acreditada su conducta y honrado proceder, por manera que la injuria y baldón que se le ha hecho a vista de todo el vecindario es insigne por cualquier lado que se mire. En vano buscaría la satisfacción ante aquella justicia, porque sobre estar conexionada con los delincuentes y acaso poseída de igual preocupación y error, es tanto el miedo que todos tienen al D. José Pumariño por sus anteriores averías, que no se atreverán a dar un paso con acierto. Por tanto, otorga, que da todo su poder cumplido, el que de derecho se requiere y es necesario, a Thomas Antonio Pintado, procurador de número de la Real Audiencia, para que en ella, a su nombre, proponga la querella y acusación criminal correspondiente y hasta conseguir se le admita, por estar dentro de las cinco leguas y la gravedad del asunto, y que se mande que por receptor escribano requerido que pueda entrar de fuera, presente o persona del agrado de la sala, reciba al tenor de todo lo expuesto sumaria información. Y que, resultando lo bastante por derecho de dos o tres testigos, remitan dichos acusados, y más que resulten cómplices, al Real Castillo y Fortaleza de esta ciudad, embargando sus bienes, y prosiguiendo en la sumaria, compulse también el estado que goza el otorgante en los padrones del concejo, como el auto de la citada ejecutoria, y en vista de uno y otro, imponer a los reos las penas en que se hallan incursos con las costas. Y que a la suya, se traslade el cadáver a la sepultura que estaba señalada con las demás providencias capaces a desagraviar al otorgante, desvanecer aquel error y conformes a justicia, para lo que presenté pedimentos, escrituras y los más papeles conducentes, pues el poder que para todo lo referido se requiere ese mismo lide y confiere con incidencias, dependencias, anexidades y conexidades sobre franca y general administración, relevación en forma, obligación de su persona y bienes, cláusula expresa de que le pueda jurar y restituir poderío de justicias y renunciación de leyes con la general del derecho en forma.Así lo otorgó el otorgante, de que yo escribano doy fe. No lo firmó, que dijo no saber; hízolo a su ruego un testigo que juró conocerle. Y lo fueron, D. Antonio Fernández de Cuevas, D. José, su hermano, y D. José Antonio Pintado, todos vecinos de esta ciudad."

Doscientos años después, a finales de los años 80 del pasado siglo XX, durante el transcurso de una serie de averías en la traída de aguas, comenzaron a circular entre los vecinos comentarios peyorativos hacia los vecinos de Les Cabañes, un barrio localizado en el extremo suroccidental[1] de la parroquia. Los mayores resucitaron viejos recuerdos y tradiciones que aludían a aquellos como “vaqueros”, palabra empleada de manera despectiva y sin que ni unos ni otros pudieran explicar el origen ni las razones de la misma. Este ambiente lo vivió de primera mano, de pequeño, el historiador Julio César Zapico, cuya familia materna es de Verdicio. Llegó a saber que, a principios del S. XX, cada vez que acudían a oír misa, los vecinos de Les Cabañes estaban obligados a entrar por la puerta Norte del templo de San Cristóbal (hoy tapiada[2]) y debían sentarse atrás, al fondo, separados de los demás feligreses por un arco o “travesón”[3] (una viga de madera). Si se atrevían a traspasar ese límite, se les pinchaba con “aguyes y enfileres” (agujas y alfileres). También se les negaba el derecho a sacar en procesión el estandarte de la cofradía de la Virgen del Rosario.
Procesión al rededor de la iglesia de San Cristóbal al poco de finalizar la Guerra Civil

Una copla burlesca decía:  
Los vaqueros Les Cabañes
salieron en procesión
lleven un gatu de Santu
y una vieya de pendón[4]

La discriminación se prolongó hasta antes de la Guerra Civil, pero incluso en años posteriores, se mantuvieron los recelos y las reticencias a relacionarse entre algunas familias. Situaciones similares parece ser que se repitieron también en las iglesias parroquiales de San Jorge de Mazaneda y Santolaya de Nembro.
 

Sin embargo, esos incidentes y rifirrafes recogidos en los testimonios orales, eran los estertores de una historia cuyos momentos más trágicos habían quedado muy atrás en el tiempo.

Foto del interior de la iglesia, hecha poco después de finalizada la Guerra Civil

En los libros parroquiales más antiguos conservados (1721), el párroco, Francisco Menéndez Villa, en cada acta de bautizo, acostumbraba a etiquetar de “baquero” a individuos de apellido Alba, Álvarez, Blanco, Carril, Calvo, Cano, Cazán, Feito, Rodríguez, Sirgo, etc.[5], emparentados con otros del propio concejo[6] y próximos, como Pillarno y Santiago del Monte (Castrillón), Villardebeyo (Llanera), Trasona (Corvera), Tabaza (Carreño), y de la montaña, Vigaña (Belmonte), Restiello (Grado), La Focella (Teverga), Torrestío (San Emiliano), Valle del Lago, Éndriga (Somiedo), etc. Sin embargo, el párroco del documento que hemos transcrito -de quien no conocemos su nombre, ya que no aparece citado en el mismo, ni tampoco se conservan los libros parroquiales de esa época- sale en defensa de un “baquero”, argumentando que “eran cristianos bautizados en la propia pila como él y recibía los mismos Santos Sacramentos”. Esta actitud choca con la postura tomada por los curas de otras iglesias del occidente de Asturias, donde se vivieron muchas disputas entre vaqueros y estantes[7].

A pesar de que en la actualidad no se conserva la viga que antaño separó a unos y otros vecinos, las puertas de acceso al templo son una huella de esa discriminación. La puerta Sur, la principal, la que mira al sol y se encuentra resguardada de los temporales, era de acceso solo para los “vecinos” y se remató con un medallón ovalado en el que reza la siguiente frase en latín:



“QUI AUSPICE DEO COEPIT EDIFICARE
IPSO FAUTE POTUIT
CONSUMMARE
DEO VERO”


Quien con el auspicio de Dios comenzó a edificar, por lo mismo pudo terminar. De Dios verdadero[8]


Y, fuera del óvalo, la fecha de 1798.

La misma fecha tiene la puerta de acceso para los “no vecinos”, la Norte, expuesta a los frecuentes temporales procedentes de la mar y carente de cualquier ornamentación. Simplemente, en el dintel, la inscripción “AÑO DE / 1798 / ONV”, quizás la abreviación de “Ostium Non Vicini” o “entrada para los no vecinos”.

Entrada Sur
Medallón ovalado que remata la puerta Sur con la inscripción: "QUI AUSPICE DEO COEPIT EDIFICARE / IPSO FAUTE POTUIT / CONSUMMARE / DEO VERO"
Entrada Norte

Inscripción sobre la entrada Norte: AÑO DE / 1798 / ONV
El siguiente documento audiovisual, realizado en el año 2005, recoge los últimos testimonios orales de esta discriminación. Que sirva este suceso como ejemplo, a pequeña escala, del valor que tiene el conocimiento de la Historia y cómo las consecuencias de sucesos aparentemente lejanos en el tiempo, pueden llegar a alcanzarnos, sin que seamos conscientes de ello por nuestra ignorancia o falta de entendimiento.

[1] En este barrio confluyen las parroquias, Santolaya de Nembro, San Jorge de Eres, San Cristóbal de Verdicio y San Esteban de Vioño, y actualmente viven en él unos 20 vecinos.
[2] Es visible el dintel, donde se lee “AÑO / 1798 / O.N.V.” (¿quizás “Ostium Non Vicini”, “entrada para los no vecinos”?).
[3] Los testimonios orales no son unánimes en este punto.
[4] Variante de “Los gallegos de Galícia / cuando van de procesión / llevan un gato de santo / y una vieja de pendón”, conocida en otras partes del Norte de España.
[5] Algunos disfrutaban del privilexu de Páramo, otorgado en el año 1033 por el rey Bermudo III a los descendientes de Vellito Auriolis, que los eximía del pago de impuestos.
[6] Como La Cabrera (Vioño), Los Cuetos (Manzaneda) y La Cabaña (San Jorge), que también fueron brañas.
[7] VAQUERO IGLESIAS, Julio Antonio; FERNÁNDEZ PÉREZ, Adolfo (1986): “Nuevos datos sobre la marginación de los vaqueiros de alzada”, en Ástura, Nuevos Cortafueyos d’Asturies, nº 5, pp. 11-24.
[8] ¿A caso “Deo Vero” es una manera de rematar la frase afirmando que el Dios al que le dedican la conclusión de la obra es el Dios cristiano y no otro?


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